En este artículo, desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel y siempre preservando la protección de datos, vamos a contaros un caso real tramitado en nuestro despacho.
La Audiencia Provincial de Madrid ha concedido la custodia exclusiva a nuestro cliente, un padre, que a pesar de que en un principio solicitamos la compartida. En este sentido, el tribunal entendió que, debido a la alta conflictividad entre los progenitores y carencias en el ámbito materno, y que lo más beneficioso era que se quedara con el padre, nuestro cliente.
El padre encargó a nuestro despacho de abogados en Carabanchel, y tras analizar el caso, una modificación de medidas en cuanto a la custodia de su hijo se refiere, porque, hasta el momento, ésta era de la madre, pero el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer de Madrid le denegó tal solicitud.
Ambos progenitores contrajeron matrimonio en 2010 y tuvieron un hijo, pero en 2015 se divorciaron. En 2017 el padre tuvo que jubilarse de forma anticipada al quedarse completamente ciego, por lo que se le reconoció la gran invalidez. Pero a pesar de ello, mostró ser completamente independiente y poder cuidar a su hijocon suficiente destreza. Por la pensión contributiva, cobraba una media de 4.500 euros netos al mes.
Existía una relación muy conflictiva entre los padres y una condena.
En 2019 el progenitor(nuestro cliente) rehízo su vida y contrajo matrimonio con otra mujer. Pero a pesar de que ambos padres ya se habían separado hacía un tiempo, las relaciones entre ellos eran muy tensas y conflictivas.
(Abogados en Carabanchel). Es más, la madre llegó a ser condenada por un delito de malos tratos en el ámbito familiar y por otro de apropiación indebida. Pues se llevó sin permiso en coche de su expareja.
A pesar de ello, el juzgado de primera instancia rechazó la modificación de medidas, por lo que recurrimos la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. En la demanda inicial, se solicitó una custodia compartida debido a sus nuevas circunstancias personales, pero el informe pericial realizado por el equipo psicosocial recomendaba que tuviese la custodia al completo por el bien del menor.
El Tribunal se apoyó en los informes del equipo psicosocial
(Abogados en Carabanchel) Informe que ha sido tomado en cuenta por el tribunal al considerar que dichos profesionales son los que conocen bien la situación y, por tanto, pueden saber que es lo preferible para el menor ya que lo más importante es atender a su propio interés.
En él se recoge que la relación entre ambos progenitores evidencia “un alto nivel de antagonismo”, alcanzando un deterioro que impedía la comunicación circunscrita a la función parental. De modo que ambos padres no se relacionaban ni tampoco hablaban cuestiones relacionadas con su hijo en común.
Incluso el propio menor era el que tenía que hacer de interlocutor, llegando a mostrar la necesidad de que sus padres no tuviesen conflictos.
Además, la perito judicial relató que había habido una evolución negativa de la madre respecto a la relación paterno-filial, que en su entorno había carencias en los hábitos de higiene del menor y, también un estilo educativo permisivo y condescendiente que no favorecía a la interiorización de pautas. Tampoco había asistido a las terapias que se le recomendaron en 2017.
(Abogados en Carabanchel). Por lo que los magistrados han decidido concederle la custodia exclusiva al padre y han establecido un régimen de visitas a la madre.
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