No siempre la decisión de divorciarse se toma conjuntamente por ambos cónyuges, sino que en muchas ocasiones ocurre que uno de los cónyuges ha decidido divorciarse y el otro no quiere. Pero ¿qué sucede cuando no hay acuerdo entre las partes?, desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel, como especialistas abogados de familia os lo vamos a aclarar, así como los pasos a seguir.
Siempre resulta recomendable acudir a un abogado especialista en derecho de familia que te resuelva todas las complicaciones que pueden darse en un divorcio o separación sin acuerdo y te explique los requisitos para divorciarte sin mutuo acuerdo. Si bien, hoy trataremos de resolver algunas de tus dudas al respecto.
Hace años, divorciarse cuando no había consentimiento por ambas partes era complicado, ya que solo podía hacerse si se acreditaba alguno de los motivos contemplados en el texto legal. Sin embargo, tras la última reforma del Código Civil en materia de separación y divorcio introducida por la Ley 15/2005, de 8 de julio, ya no es necesario alegar causa legal para conseguir el divorcio sin mutuo acuerdo.
En la actualidad, basta con que exista voluntad por parte de uno de los cónyuges y solicite el divorcio o la separación para que pueda conseguirse, sin necesidad de acreditar ninguna causa o justificación. De modo que aunque te niegues a divorciarte o tu cónyuge se niegue a divorciarse, es posible la ruptura del vínculo matrimonial.(Abogados en Carabanchel)
¿Puedo divorciarme sin consentimiento de mi pareja de mutuo acuerdo?
(Abogados en Carabanchel) No hay duda de que la mejor manera de divorciarse es de mutuo acuerdo, o lo que es lo mismo, a través de un divorcio amistoso, especialmente cuando hay hijos en común, ya que en el convenio regulador podrás regular todos los términos y la forma en que se va a llevar a cabo el divorcio, concretando cuestiones como la guarda y custodia de los hijos, la pensión de alimentos, la atribución del uso de la vivienda conyugal e incluso, en su caso, el reparto de activos para la disolución de la sociedad ganancial.
Sin embargo, la formalización de este convenio regulador exige de una previa comunicación y negociación que, por razones obvias, seguramente no sea posible en los casos en los que una de las partes no quiera divorciarse.
En estos casos, debemos tener en cuenta que el procedimiento de mutuo acuerdo puede utilizarse estratégicamente por el cónyuge que se niegue a prestar su consentimiento con la única finalidad de dilatar el procedimiento y así conseguir que se disuelva el matrimonio lo más tarde posible. Pues recordemos que el convenio regulador de divorcio previamente suscrito entre las partes debe ser ratificado posteriormente en sede judicial o notarial para su homologación, de forma que, si mi esposa o mi esposo quiere el divorcio y yo no, puede pensarse en la posibilidad de presentar el convenio y posteriormente no ratificarlo, quedando así archivado el procedimiento.
Cuando un miembro de la pareja se niegue a divorciarse difícilmente podrá tramitarse el divorcio de mutuo acuerdo, debiendo acudir el cónyuge que tenga voluntad de hacerlo a la vía judicial, interponiendo una demanda contenciosa de separación o divorcio mediante abogado y procurador.
Este procedimiento será más costoso, tanto emocionalmente como económicamente, pero lo importante es que conseguirás que el Juez decrete la disolución del vínculo matrimonial aun cuando sea un divorcio forzado porque la otra parte se oponga a ello.
En estos casos será imprescindible contar con la asistencia de nuestro despacho de abogados en Carabanchel, especialistas en Derecho de faimlia, que será quien te indique como divorciarse paso a paso y te asesore con la demanda de divorcio y los trámites para facilitar el procedimiento, haciéndolo lo menos traumático posible.
Requisitos para poder divorciarse si no hay acuerdo
El único requisito que se exige en España para poder iniciar los trámites de divorcio, es que hayan trascurrido, al menos, tres meses desde la celebración del matrimonio y que se solicite formalmente por una de las partes.
No obstante, el plazo de tres meses legalmente establecido podrá reducirse cuando se acredite que existe violencia entre la pareja o la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
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