Prohibir al vecino moroso que se bañe en la piscina de la comunidad

Los propietarios ya pueden prohibir que los que deben dinero a la comunidad se bañen, pero en la práctica esta medida es difícil de controlar

El verano es una época más conflictiva porque pasamos más tiempo en el exterior, anochece mucho más tarde y hacemos un mayor uso de las zonas comunes

Las rencillas y altercados entre vecinos aumenta en los meses de verano. El uso de la piscina y si se puede hacer toples o nudismo, los ruidos, las fiestas y las barbacoas son algunos de los principales motivos de disputa vecinal. El verano es una época más conflictiva porque pasamos más tiempo en el exterior, anochece mucho más tarde y hacemos un mayor uso de las zonas comunes, además, hay más ventanas abiertas y también más personas de vacaciones, que no siempre coinciden en fechas con aquellos que madrugan.  

(Abogados en Carabanchel) La piscina comunitaria, abierta este fin de semana en la mayoría de las urbanizaciones, es el gran avispero de desacuerdos, incumplimientos, disputas e improperios. “Hay propietarios que no respetan los horarios establecidos o los turnos de acceso y entran por la noche, además de causar molestias y enfrentamientos, “está incrementando el presupuesto de algunas comunidades porque tienen que establecer algún tipo de medida disuasoria o de control, como videograbación o contratación de empresas de seguridad”.


(Abogados en Carabanchel)  Pero si hay un asunto que trae de cabeza a los vecinos son los chapuzones de los morosos. Desde el año pasado —tras la reforma del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) por la Ley 10/2022, de 14 de junio—, las comunidades pueden prohibir el uso de las piscinas o cualquier elemento no esencial de las comunidades. El acuerdo necesita el voto favorable de la mayoría de los vecinos. Se trata de un cambio importante para los residentes que pagan las cuotas comunitarias religiosamente y se indignan cuando ven que el moroso accede a este espacio en igualdad de condiciones.

El problema es que la medida es difícil de aplicar. ¿Quién vigila que no entren estos vecinos? La reforma introdujo la opción, pero no incluyó las medidas coactivas o sancionadoras que puede utilizar la comunidad en el caso de incumplimiento. Por esto, y de momento, la aplicación de la prohibición está siendo limitada. “Aunque exista ese acuerdo, los morosos se siguen bañando en la piscina sin que la comunidad pueda hacer nada porque  no se pueden imponer sanciones adicionales o multas al moroso incumplidor y tampoco puede intervenir la policía al tratarse de un conflicto privado. Ir un paso más allá implicaría acudir a la vía judicial.


(Abogados en Carabanchel). Las comunidades que disponen de algún tipo de control de acceso a la piscina (tarjetas o llaves inteligentes) son las que por ahora más están aplicando la medida. 

Un asunto más problemático es la entrada de los hijos de los deudores. La ley habla sólo de propietarios, así que da lugar a la libre interpretación. 


(Abogados en Carabanchel). Los vecinos establecen sus normas en este reglamento de régimen interno que se tiene que aprobar por mayoría simple. Es ahí donde se fijan los horarios de uso de las instalaciones y cuestiones como si se puede comer en la piscina o hacer toples. Eso sí, lo que se acuerde debe ser compatible con los derechos fundamentales de las personas y no suponer discriminación. Los comuneros que no estén conformes pueden impugnar los acuerdos.

Cómo pagar menos

El pago de la piscina también es un tema candente. Los propietarios que no la usan quieren dejar de pagar una parte de la cuota comunitaria. “La exclusión solo es posible por unanimidad, algo poco probable ya que obligará al resto a asumir el porcentaje del coste que deja de aportar el vecino. Los propietarios buscan bajar los gastos a toda costa y con esa meta algunas comunidades han tomado medidas drásticas, como reducir el vaso de la piscina para no estar obligados a contratar a un socorrista. Esto depende de la normativa de cada comunidad autónoma. Por ejemplo, en Navarra se modificó la ley y se determinó que, si una comunidad tenía menos de 40 viviendas y la piscina tenía una profundidad de 1,60 centímetros de máximo, se podía prescindir del socorrista con una declaración jurada de la comunidad. Esto hizo que muchas con 1,70 de profundidad aprobaran la modificación de la profundidad.

Las reuniones hasta altas horas de la noche en los jardines de la urbanización, así como las fiestas y las barbacoas en los pisos con terraza y en los bajos son foco de chocques constantes .



 





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