Desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel, como especialistas abogados en derecho de familia queremos resolver algunas dudas sobre el reparto de vacaciones de navidad
Los menores y la Navidad son algo que va unido, independientemente de que la relación de los padres ya no lo esté. En los casos en los que tengamos la custodia compartida, las vacaciones de Navidad son perfectamente compatibles con una relación sana, cordial, amable y, sobre todo, equitativa. Y, para ayudarte a resolver los temas burocráticos, cuenta con la ayuda de tu abogado de familia, así solo tendrás que ocuparte de ilusionarte junto a tus hijos. Puedes contactar con nuestro despacho de abogados en Carabanchel.
La llegada de las fechas navideñas trae consigo las vacaciones y, si bien son motivo de alegría y disfrute para todos los niños, en el seno de una familia en la que hay que convivir con un divorcio o separación, se hace complicado afrontarlas y, sobre todo, repartirlas.
(Abogados en Carabanchel) Para que en los casos de custodia compartida y las vacaciones de Navidad no sean fuente de conflicto, debemos actuar con previsión y, sobre todo, observando las necesidades de toda la familia. Veamos las claves que nos pueden ayudar a actuar de la mejor manera posible.
Acuerdo para repartir las vacaciones de Navidad con niños
Los períodos de vacaciones entre divorciados se distribuyen, en general, por mitades. Se trata de situaciones de distribuciones semanales por defecto: como las vacaciones de Navidad duran dos semanas, los hijos están una semana con uno de los padres y, la otra semana, con el otro. No habría necesidad de establecer repartos distintos, ni interrumpir las alternancias establecidas por el convenio.
Sin embargo, atendiendo al significado de las fechas, se pueden realizar repartos concretos para las vacaciones de los niños con padres separados, si así lo acuerdan los progenitores. Así, hablamos de un acuerdo amistoso, que desemboca en un reparto de días de Navidad equitativo. En estos casos, el acuerdo requerirá de la aprobación del Ministerio Fiscal.
Hay numerosas combinaciones y formas de repartir las vacaciones con padres separados. Aquí te damos algunos ejemplos, según el criterio en el que te bases:
- Señalando por año par e impar:los días 24 de los años impares, estarán con su madre; de los pares, con su padre.
- Señalando fecha fija:todos los días 24 estarán con el padre. Todos los 31, con su madre.
- Señalando causa modificable:la expareja acuerda un punto concreto, pero se deja a que, si la relación mejora, se pueda cambiar (pasar juntos el día de Reyes, por ejemplo).
Aunque pueda mediar acuerdo, siempre hay que respetar que durante las vacaciones de Navidad:
- Se suspende el régimen de visitas. Es decir, no puedes verlos si están con el otro cónyuge.
- Al terminar las vacaciones, empieza el régimen de visitas para el progenitor siguiente.
- El progenitor que no tiene a los niños debe saber dónde están, pues no estar con ellos no significa que se anule la comunicación.
Custodia compartida durante las vacaciones Navidad si no hay acuerdo entre los padres
(Abogados en Carabanchel) Para los casos en los que los progenitores no lleguen a un acuerdo, será un Juez el que se pronuncie acerca de aquello que pidan estos a través de sus abogados. Según la línea jurisprudencial, los Tribunales siguen la división de las vacaciones de Navidad con niños en dos períodos: desde el inicio de las vacaciones (fin de las clases) hasta el 30 de diciembre, y desde el 30 de diciembre al comienzo de las clases.
Se debe intentar no llegar a esta situación, pues genera conflictos e inestabilidad, sobre todo a los niños. De no ser así, no debemos preocuparnos, pues un buen profesional dejará claros los términos que necesitamos para acudir al Juez y solicitar los extremos que consideremos, dejando bien definidos:
- El día de inicio de las vacaciones.
- La hora concreta de recogida.
- La persona que se encargará de recoger y entregar a los niños.
(Abogados en Carabanchel) Como resultado, emanará una sentencia del juez, que de manera imperativa establecerá los puntos estimados de manera indefinida (aunque cabe la posibilidad de clausurar modificaciones futuras). Es una medida seria y diligente y se presenta ventajosa, al sentirse necesaria ante el desacuerdo de los progenitores. Además:
- Evita discusiones: no caben interpretaciones en lo que marque el Juez.
- No depende de decisiones del otro, pues ya sabes de antemano cuándo tienes a tus hijos.
Recuerda: huye del conflicto, por el bien de la familia. Si hay que acudir al Juzgado, y se deja para última hora, es posible que este no resuelva a tiempo para las fechas tan señaladas y los días de encuentros se conviertan en desencuentros y discusiones. No uses a los niños como objetos a tu propio beneficio y todos saldréis ganando.
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