En este artículo, desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel, hablaremos de los delitos de alcoholemia y los antecedentes penales.
Asimismo, el plazo para la cancelación de los antecedentes penales por un delito de alcoholemia variará en función de la pena impuesta en sentencia, y es que en julio del año 2015 se modificó el Código Penal.
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El delito de alcoholemia
El artículo 379 del Código Penal es el que castiga la conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas o drogas.
Este precepto, artículo 379 Código Penal, establece las siguientes penas:
Prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. (Se impondrá sólo una de estas tres penas: la prisión o la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad).
Y además, este delito siempre lleva aparejada la retirada del permiso de conducir por tiempo de 1 a 4 años.
Tasas de alcohol máximas.
Para condenar por un delito de alcoholemia deben superarse las tasas de alcohol señaladas en el Código Penal:
– 0,60 miligramos por litro en aire espirado cuando soplamos en el aparato de la Guardia Civil o Policía.
– 1,2 gramos por litro en sangre cuando nos sometemos a las pruebas sanguíneas.
Aunque no se superen dichas tasas de alcohol, se puede condenar por dicho delito si se acredita que se conducía con indudable alteración de las facultades físicas o psíquicas.
Antecedentes penales por un delito de alcoholemia
Desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel te advertimos que en caso de cometer un delito de alcoholemia, los antecedentes penales van a quedar anotados en el Registro de Penados, puesto que conducir en estado de embriaguez es considerado un delito.
Plazo para la cancelación de los antecedentes penales por un delito de alcoholemia
Como hemos dicho, este delito lleva aparejada la imposición de DOS penas distintas:
1ª.- Pena de prisión (de 3 a 6 meses); o pena de multa (6 a 12 meses); o pena de trabajos en beneficio a la comunidad (de 31 a 90 días).
2ª.- Y además, la pena de retirada del permiso de conducir por tiempo de 1 año hasta 4 años.
Según la duración de las penas impuestas en sentencia, el plazo de cancelación de antecedentes penales por un delito de alcoholemia variará de la siguiente manera:
1.- En cualquiera de los casos en la que la condena sea una pena de prisión (de 3 a 6 meses), de multa (de 6 a 12 meses) o de trabajos en beneficio de la comunidad (de 31 a 90 dias), al ser penas menos graves, el plazo de cancelación de los antecedentes será de dos años.
2.- Por la pena de retirada del permiso de conducir por tiempo de 1 año hasta 4 años:
Si la retirada del permiso de conducir ha sido por un año exacto (o menos si existe conformidad en el juicio rápido), el plazo de cancelación será de seis meses.
Si la retirada del permiso de conducir ha sido por tiempo superior a un año (basta con un año y un día) e inferior a 3 años, el plazo de cancelación de antecedentes es de tres años.
Si la retirada del permiso de conducir ha sido por tiempo de 3 a 4 años, el plazo de cancelación será de cinco años.
¿Desde cuándo hay que contar los plazos para la cancelación de antecedentes por un delito de alcoholemia?
Los plazos señalados se contarán desde el dio siguiente a aquel en que se haya extinguido la responsabilidad penal, es decir, desde que se ha cumplido la última de las penas impuestas.
cumplimiento de la última pena.
Rebajar la pena si el acusado se conforma con la petición del Ministerio Fiscal
Como los delitos de alcoholemia se van a tramitar en el Juzgado como Juicios Rápidos, es importante saber que si el acusado se conforma con la petición de condena del Ministerio Fiscal, tiene derecho a que se le rebaje en un tercio las penas señaladas para este delito, por lo que los plazos de cancelación de antecedentes penales por un delito de alcoholemia pueden reducirse considerablemente; motivo más que importante para contratar los servicios de nuestro despacho de abogados en Carabanchel, con una experiencia de casi 20 años que nos avala en la defensa de este tipo de delitos.
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