En este blog, desde Abogados en Carabanchel vamos a hablar de la difamación en redes sociales.
¿Alguien te está difamando en las redes sociales (Twitter, Facebook, etc) y no sabes qué hacer? En este artículo te explico qué puedes hacer y cómo denunciar insultos, calumnias o difamación en las redes sociales.
La difamación en las redes sociales
(abogados en Carabanchel) Las redes sociales, por ejemplo, Facebook, Twitter, LindedIn, etc, han transformado nuestras vidas. Las redes sociales son ideales para mantener el contacto con familia y amigos, para encontrar un trabajo, para estar a la última o, simplemente, para pasar el tiempo chateando con una gran comunidad de personas.
Los nuevos teléfonos móviles te permiten acceder a las redes sociales desde cualquier sitio y recibir los mensajes de las redes sociales casi al instante.
(Abogados en Carabanchel). Pero hay gente que no piensa en lo que dice en las redes sociales y publica cualquier cosa que se le pasa por la cabeza, no importa lo ofensivo que sea. Algunas personas lo hacen por costumbre, y suelen elegir como blanco de sus ataques a personas famosas o a influencers. Son los conocidos como haters.
Cuándo es denunciable la difamación en las redes sociales
Hay dos tipos de difamación en las redes sociales:
- La injuria: consiste en publicar expresiones que dañan la dignidad de otra persona.
- La calumnia: consiste en imputar a alguien la comisión de un delito a sabiendas que no es cierto.
Tanto la injuria como la calumnia son un delito contra el honor según se recoge en el Código Penal. Los casos de calumnia en las redes sociales son raros. Lo normal son las injurias, porque hay mucha gente que piensa que lo que se publica en Twitter o en Whatsapp no tiene trascendencia pública.
(Abogados en Carabanchel). Cuando los insultos son continuos, entonces se puede denunciar al hater por acoso. Los jueces entienden que a partir de tres insultos a una misma persona, se podría considerar un acoso en las redes sociales.
El delito de acoso es más grave que un delito de injurias, por eso mucha gente deja pasar los insultos hasta que se convierten en una campaña, y entonces denuncian al hater por acoso.
Por lo tanto, difamar a alguien en las redes sociales es hacer comentarios en tu cuenta personal de Facebook o Twitter (o cualquier otra red social) que perjudiquen la reputación de una persona o acusarle falsamente de haber cometido algún tipo de acto. Difamar a alguien en las redes sociales puede ser perseguido como delito por los tribunales de nuestro país.
Para que haya un delito contra el honor en España tiene que cumplirse lo siguiente:
- Un comentario o una acusación que desacredite a una persona o que dañe su reputación.
- El comentario debe hacerse de forma pública, por ejemplo en las redes sociales.
- Debe quedar claro quién es la persona a la que se refiere el comentario, bien identificando por el nombre a esta persona, o bien describiendo a esta persona para que todo el mundo la puede identificar.
Se entiende que el comentario se ha publicado si hay terceras personas que lo reciben y que entienden a quién se refiere y lo que significa dicho comentario. Por ejemplo, no se podría considerar un mensaje difamatorio si el mensaje está escrito en chino en un papel y el papel se reparte entre personas que no entienden ni una palabra de chino.
La publicación de un comentario difamatorio se puede hacer de muchas maneras: impreso en un papel, una nota manuscrita, una conversación con otras personas o a través de Internet en las redes sociales, por ejemplo, una publicación de Facebook o un mensaje de Twitter.
A través de las redes sociales es muy fácil hacer comentarios difamatorios, pero una vez publicados, no es tan fácil retirarlos o retractarse. Incluso si eliminas el comentario de tu red social, alguien lo puede haber reenviado o puede haber hecho una impresión de pantalla donde quede reflejado para siempre. Es muy fácil arruinar la vida de alguien con un comentario en las redes sociales, pero es muy difícil restituir el honor perdido una vez que el comentario se ha extendido por las redes sociales y ha llegado a muchos sitios.
Cuándo es delito la difamación en las redes sociales
La difamación de una persona en las redes sociales puede tipificarse como delito de injuria o calumnia según el Código Penal español. Se trata de un delito contra el honor de una persona, que está protegido por el ordenamiento jurídico.
Se entiende que hay delito cuando hay intención de injuriar a otra persona. En ese sentido, no habría un delito contra el honor si tan sólo se publica información, aunque el afectado considere que esa información afecta su honorabilidad. Si luego se demuestra que la información era falsa, puede que el juez interprete que había una intención de desacreditar a esa persona y entienda que hay un delito contra el honor de esa persona.
Se entiende por honor de una persona la buena reputación (buena fama), un concepto que antiguamente se definía como la honra. Es decir, que el honor es la opinión que los demás tienen de nosotros.
El delito de injurias y calumnias se castiga con hasta dos años de prisión si se hace de forma pública, por ejemplo, si se publica en las redes sociales.
Hay que decir que si se demuestra que el comentario o la acusación era cierta, no existe ni injuria ni calumnia. En el caso en que alguien haya sido condenado por injurias y calumnias y luego se demuestre que lo que decía era verdad, entonces quedará exonerado del delito por el que había sido condenado.
El delito de injurias y calumnias también cubre los comentarios que se hacen en las redes sociales. Si publicas un comentario difamatorio en una red social como Facebook o Twitter donde identificas a la persona objeto del comentario, bien por el nombre o haciendo una descripción inequívoca, entonces podrías estar cometiendo un delito contra el honor de esa persona.
Las personas jurídicas también tienen derecho al honor, por eso difamar a una organización o a una empresa también puede constituir un delito de injurias y calumnias.
Localizar al difamador
Descubrir la ubicación de la persona que difama en Internet es relativamente fácil, porque en Internet todo queda registrado. El dispositivo desde el que escribes, ya sea un ordenador o un teléfono móvil, tiene una dirección IP única, que, por utilizar un símil, es como la matrícula de ese dispositivo. A través de la IP del dispositivo es fácil saber quién ha escrito un comentario difamatorio a una hora determinada.
Muchas veces el que difama lo hace desde una cuenta anónima. Para descubrir a la persona detrás de esa cuenta, hay que pedir a la empresa propietaria de la red social que nos facilite los datos, algo que por principio no hacen salvo que haya una petición de un juez. Las cuentas de las redes sociales vienen asociadas a una dirección de correo electrónico, que como seguramente sabes es única.
Las cuentas de correo electrónico son propiedad de una empresa, si es una cuenta gratuita, como Gmail o Hotmail. Por ejemplo, el correo Gmail es de Google y el correo de Hotmail es de Microsoft. Los correos corporativos son propiedad de la empresa propietaria del dominio.
La mayoría de las personas que se dedican a insultar en las redes sociales, los haters, tienen cuentas falsas, pero también tienen cuentas verdaderas. Como la cuenta verdadera y la cuenta falsa comparten la misma IP, es posible identificar al propietario de la cuenta falsa a través de la cuenta verdadera.
Hay peritos especializados en encontrar a los verdaderos responsables del acoso en Internet, aunque se escondan detrás de una cuenta falsa.
La libertad de expresión y la difamación en las redes sociales
Internet ha favorecido mucho la libertad de expresión en España, ya que a través de las redes sociales puedes hacer llegar tus ideas a todo el mundo que quiera escucharlas.
Esto ha empoderado a los ciudadanos, puesto que cualquier persona puede crear un canal de comunicación donde publicar su punto de vista, como puede ser un blog o una cuenta de Facebook o de Twitter.
Pero en España la libertad de expresión tiene limitaciones, por ejemplo, no puedes decir en las redes sociales lo que te venga en gana. Ya hay sentencias que condenan por difamar a alguien en una cuenta de Twitter y obligan a publicar la sentencia condenatoria en la misma cuenta de Twitter donde se produjo el delito contra el honor.
No hay que confundir una opinión o una crítica, aunque te resulte molesta, con una injuria o una calumnia. La libertad de expresión, recogida en la Constitución Española, protege el derecho a la crítica y ampara la libertad de expresar tus opiniones en público. Aunque la crítica moleste al criticado, en ningún caso constituye un delito contra el honor.
Diferencia entre criticar y difamar a alguien
Los jueces establecen tres criterios para saber si tus comentarios en las redes sociales van más allá de tu libertad de expresión y suponen un delito contra el honor de un tercero:
- Cuando los comentarios se refieran a una persona privada que NO ocupa algún tipo de cargo público, como podría ser un alcalde, un ministro o un parlamentario.
- Cuando el comentario difunde hechos que no son verdad, ya sean pura invención o meros rumores sin fundamento.
- Cuando el comentario incluye frases ultrajantes, vejatorias u ofensivas, como insultos o adjetivos degradantes, racistas, sexistas o machistas. Es decir, que la libertad de expresión no incluye la libertad de insultar.
Consecuencias de difamar a alguien en las redes sociales
Antes de publicar en las redes sociales algo contra alguien o de acusar a alguien de cometer algún delito, piénsalo dos veces. Es muy fácil hacerlo, pero una vez que lo has hecho, es muy difícil volverse atrás. Si tienes dudas sobre si el contenido puede ser difamatorio, mejor no lo publiques.
Aproximadamente el 80% de las personas utilizan las redes sociales actualmente. Por eso las redes sociales pueden ser un potente arma para dar a conocer algo o para difamar a alguien.
Si alguien te difama en las redes sociales, puedes denunciar a esa persona y reclamar una compensación por el daño causado a tu reputación.
Qué hacer si alguien te difama en las redes sociales
Cuando alguien te difama en las redes sociales, deberías hacer lo siguiente:
Recopila todas las pruebas posibles
Para denunciar a alguien por difamarte en las redes sociales debes tener pruebas. Se consideran pruebas las capturas de pantalla donde aparezcan los comentarios con los insultos o las calumnias. También puedes sacar una fotografía de estos comentarios.
Lo ideal sería levantar un acta notarial de estos contenidos, para que nadie pueda decir que las imágenes que aportas han sido manipuladas. Para ello debes pedir cita con un notario, que dará fé de que los comentarios existen y que la imagen (pantallazo) es un fiel reflejo de los mismos.
Una alternativa más barata que un acta notarial es acudir a una empresa especializada en certificar la existencia de unos comentarios online. Hay empresas que permiten certificar que se ha publicado algo en las redes sociales aunque el autor borre luego el comentario. El coste varía entre los 15€ para 5 comentarios hasta 200€ para 500 comentarios.
Para que las empresas recojan las pruebas tienes que enviar la dirección web donde están publicados los comentarios difamatorios. Esta empresa hace una captura de los comentarios y lo guarda en PDF. Puedes pedir una copia del PDF con un certificado de la empresa que garantiza la autenticidad y que la imagen no ha sido manipulada.
Contacta con el autor del comentario
Lo primero que debes hacer cuando alguien hace un comentario hiriente o insultante en una red social es responder y decirle que te ha molestado su comentario. Esto sirve de prueba para dejar claro que la persona ha sido advertida de que no debería volver a hacer ese tipo de comentarios.
Si vuelve a hacer un comentario difamatorio o hiriente, queda claro que su intención era hacer daño, por lo que entra dentro de un delito contra el honor o un delito de acoso, dependiendo del comportamiento del autor.
Si los comentarios son a través de Whatsapp, que no se considera una red social, sino un sistema de mensajería, entonces lo mejor es bloquear a esa persona. Si los ataques se producen a través de Twitter también se puede bloquear al acosador para que no participe en tus conversaciones.
Contacta con la red social
Las redes sociales como Facebook o Twitter tienen una dirección donde puedes denunciar casos de acoso, injurias o calumnias. Por ejemplo, Facebook tiene aoartado para notificar que te están difamando. Twitter también tiene un apartado donde puedes reportar abusos.
Una vez que pones en conocimiento de una red social el comportamiento abusivo de un usuario, la propia red social suele bloquear esa cuenta. Eso no impide que el usuario bloqueado no vuelva a abrir otra bajo otro nombre también ficticio.
Denuncia el delito a la Guardia Civil o a la policía
Todos los cuerpos de seguridad del Estado han creado un grupo entrenado específicamente para perseguir los delitos telemáticos. Entre esos delitos están las injurias y calumnias en Internet.
Puedes denunciar el delito en persona en comisaría o bien lo puedes hacer a través de Internet. Por ejemplo, el Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil permite denunciar en su portal online cualquier delito que se produzca en las Internet.
Si alguien te está difamando en las redes sociales, puedes denunciarlo a través de ese portal, rellenando un formulario e indicando la dirección web donde están publicados los comentarios difamatorios.
Pon una denuncia en el juzgado
A continuación lo que tienes que hacer es poner una denuncia en el juzgado. Para poner una denuncia no es necesario abogado pero sí reomendable.
Si la persona que te difama no se identifica en la red donde ha publicado sus comentarios, tu abogado pedirá al juez que haga averiguaciones para identificar al autor del delito. El juez pedirá a la policía que haga las averiguaciones para identificar al culpable.
Una vez identificado el autor de la difamación en las redes sociales, hay un acto de conciliación previo al juicio. En el acto de conciliación se espera que la persona que te ha difamado te pida perdón y se comprometa a restituir tu honor desmintiendo públicamente las acusaciones o pidiendo públicamente perdón por las injurias.
Si no se llega a un acuerdo en la conciliación, el juez abrirá la causa. A partir de aquí se hace necesario acudir con abogado y procurador. Para que el juez admita la querella a trámite hay que aportar el certificado de que se ha producido el acto de conciliación y que no ha tenido éxito.
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