Testamento o donación en vida.

Desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel sabemos que hablar del testamento es algo que en muchas familias no está bien visto, pero, no conviene dejarlo pasar; quien quiera dejar su patrimonio a seres queridos debe asesorarse y saber de las opciones con las que cuenta.

Los impuestos varían según la comunidad autónoma




Desde nuestro despacho de  abogados en Carabanchel también queremos dejar claro que realizar un testamento no es excluyente frente a la donación en vida, por lo que se pueden realizar ambos sin ningún problema.

Dejar una herencia o hacer una donación 


El Impuesto de Sucesiones ha cambiado en algunas comunidades autónomas como por ejemplo, Andalucía. La subida de un millón de euros al mínimo exento de Sucesiones y la bonificación en muchos casos al 99% de las donaciones a parientes directos ha hecho que muchas familias respiren tranquilas.

Anteriormente, las herencias han sido un calvario para las familias que han tenido que rechazar o en muchos casos endedudarse para poder asumirla por el alto coste que suponía el impuesto.

Actualmente, el mínimo exento se fija en función de cada Autonomía para cada heredero que sea pariente directo del difunto. Esto hace que la gran mayoría de personas no tengan que pagar impuesto por recibir la herencia.

Es importante conocer los entresijos de la ley para no cometer errores fiscales ya que la medida, entre otras cuestiones, no afecta a hermanos, sobrinos, tíos y primos hermanos, que siguen con la tributación habitual.

Asimismo, cada comunidad también aplica bonificaciones muy importantes en la cuota tributaria del impuesto en adquisiciones, tanto en sucesiones como en donaciones con familiares directos.

Según explican los expertos de nuestro despacho de abogados, con esta bonificación los padres pueden anticipar la transmisión de bienes a hijos o descendientes, evitando que el impuesto sea un obstáculo. De esta forma, se favorece a los hijos afrontar sus dificultades económicas en vida de los padres.

Es requisito indispensable para disfrutar de esta bonificación que la donación se haga ante notario en escritura pública.

Diferencias importantes entre ambas figuras: herencia y donación

Si se quiere favorecer la ayuda directa a familiares lo normal es realizar una donación en vida. De esta manera los bienes se entregan de manera inmediata. Por el contrario, la herencia conlleva esperar necesariamente al fallecimiento de la persona. Además, son necesarios el cumplimiento de ciertos trámites obligatorios, antes de que se pueda realizar la transmisión.

 Los expertos también señalan situaciones patrimoniales concretas en la que puede ser conveniente realizar una donación en vida. Aunque en cada caso debe estar asesorado por una persona que estudie la situación en particular. Por norma general, las donaciones pueden ser beneficiosas en lo personal cuando pueda haber disputas entre herederos, cuando haya acciones de empresas de por medio o cuando la cantidad de dinero es realmente elevada.

Lo que sí hay que tener en cuenta es que una vez realizada la donación se pierde el control del patrimonio que se done. Por este motivo, no se suele donar el patrimonio personal, sino el patrimonio sobrante.

Las donaciones en vida solo tiene algunos casos en los que puede ser reversible: si hay contrato de por medio y se incumplen las condiciones impuestas previamente por el donador o si el donatario comete un delito contra el donador.

Por el contrario, el testamento si se puede modificar cuantas veces se quiera. Solo la última versión del mismo tendrá validez cuando llegue la hora de leerlo ante el notario.





Abogados en Carabanchel | Abogados para divorcios en Carabanchel | Abogados Carabanchel | Abogados para reclamación en Carabanchel Abogados 24 horas en Carabanchel Abogado en asistencia al detenido en Carabanchel Divorcio express en Carabanchel Abogado matrimonialista en Carabanchel

Sin comentarios

Añadir un comentario