Me quiero divorciar: Trámites y documentación

Muchos clientes con ganas de divorciarse nos llaman a nuestro despacho de abogados en Carabanchel, como especialistas abogados en derecho de familia ante el desconocimiento de cómo y por dónde deben empezar para divorciarse.

Quizá con este artículo podemos resolver algunas dudas al respecto.

Desde nuestro despacho de abogados en Carabanchel sabemos que el proceso de divorcio puede ser muy duro y desolador para los cónyuges, las emociones están a flor de piel y la incertidumbre recae sobre los hombros de los miembros de la pareja. No obstante, hay que atajar la situación cuanto antes para poder superar el duelo y comenzar una nueva vida con la mente despejada y teniendo en cuenta que lo que queda es terminar esa relación en el plano legal. 

Cuando una persona llama a nuestro despacho de abogados en Carabanchel, lo primero que preguntamos es si existe acuerdo, pero no para el divorcio en sí, porque en España no hay causa de divorcio, sino ante el hecho del resto de circunstancias: Custodia de los hijos, pensión de alimentos, derecho de uso y disfrute de la vivienda..., por tanto, existen dos tipos de divorcios: amistosos o de mutuo acuerdo, y los contenciosos.

Divorcio de mutuo acuerdo

(Abogados en Carabanchel) Es aquel que se solicita cuando ambos cónyuges están conformes con la decisión o uno de los cónyuges pide el divorcio y el otro da el consentimiento para seguir adelante con el proceso. En este caso, como ambos cónyuges están de acuerdo en la decisión de disolver el vínculo matrimonial, se exige que presenten una propuesta de convenio regulador, para ser ratificada por el juez competente, en la que lleguen a un entendimiento sobre todos los términos esenciales, en relación al cuidado de los hijos, el régimen de visitas y comunicación de los padres y abuelos, la atribución del uso y disfrute la vivienda familiar, la pensión de alimentos y/o pensión compensatoria, la liquidación del régimen económico matrimonial, etc.

Este tipo de divorcio se puede hacer de manera extrajudicial, en lo que se llama divorcio express que se celebra delante de notario. La única manera que se puede celebrar este tipo de divorcio express es cuando ambos cónyuges están de acuerdo con el divorcio de mutuo acuerdo y siempre que no haya hijos no emancipados o con la capacidad modificada que, judicialmente, dependan de sus progenitores.

Divorcio contencioso

Este tipo de proceso es cuando uno de los miembros de la pareja presenta la demanda de divorcio y el otro no da el consentimiento. El desarrollo de este tipo de divorcios suele ser más caro y más largo que los que se celebran de mutuo acuerdo. Aquí, cada cónyuge tiene que llevar su propio abogado y su propio procurados, ya que cada uno representa a una parte de la pareja. 

Documentación necesaria para el divorcio contencioso

  • Certificado de matrimonio, actualizado
  • Certificado de nacimiento de los hijos, si los hubiera, actualizado
  • Certificado de empadronamiento del último domicilio familiar o residencia de ambos cónyuges.
  • Escritura pública de Poder General para los pleitos.
  • Propuesta de Convenio Regulador, firmado por ambos cónyuges: En este caso nuestros abogados en Carabanchel especialistas en Derecho de Familia se encargarán del asesoramiento y redacción. 
  • Documentos que permitan evaluar la situación económica, si se solicitan las medidas de carácter patrimonial. El cónyuge que las solicite debe aportar también dichos documentos.

Así discurren los divorcios contenciosos

  • Presentar la demanda de divorcio acompañada de la documentación necesaria.
  • Contestación de la demanda por parte del otro cónyuge.
  • Fijación de día y hora para la vista de las dos partes en el Juzgado.
  • Acudir a la vista con los abogados y procuradores de ambos cónyuges. De haber hijos menores, también lo hará el Ministerio Fiscal.
  • El Juez reconoce el divorcio con las medidas establecidas.
  • En el caso de que una de las partes no esté conforme, contra la sentencia dictada podrá interponerse el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Nacional.
  • El Juzgado procede a la inscripción de la sentencia en el Registro Civil. También puede solicitarse su inscripción en el Registro de la Propiedad o en el Mercantil.







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